48 horas para retractarse: Por calumnias contra alcalde Dumek Turbay, juzgado ordena rectificación a diputada Karen Cure

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  • El Juzgado Cuarto Penal Municipal, además, ordenó a Karen Cure que se abstenga de persistir en conductas de desinformación, animadversión personal y mala fe, que lesionen los derechos del alcalde Dumek Turbay y de cualquier institución pública.
  • El Juzgado Cuarto Penal Municipal de Cartagena falló a favor del alcalde Dumek Turbay Paz en una acción de tutela en defensa de sus derechos al buen nombre y a la honra, frente a calumnias proferidas por la diputada en una sesión de la Asamblea.

 

Cartagena de Indias D. T. y C., 12 de febrero de 2026. La Alcaldía Mayor de Cartagena se permite informar que, con base en hechos ocurridos el pasado 19 de enero de 2026, cuando la diputada Karen Violette Cure Corcione, durante una sesión pública de la Asamblea Departamental de Bolívar transmitida por medios institucionales, redes sociales y cadenas de WhatsApp, expresó calumnias en injurias en contra del alcalde de Cartagena Dumek Turbay; el Juzgado Cuarto Penal Municipal le ordenó retractarse en 48 horas y que abstenga de persistir en conductas de desinformación, animadversión personal y mala fe, que lesionen los derechos del alcalde Dumek Turbay y de cualquier institución pública.

Por ello, al tener en cuenta  que los señalamientos desbordan el ámbito de la libertad de expresión y del control político, y a la vez constituyen imputaciones directas de supuestas conductas delictivas, el alcalde Turbay Paz presentó una tutela en su contra.

Turbay señaló en su tutela que Cure lo acusó públicamente de “comprar fiscales” y de tener un “historial corrupto”, atribuyéndole la comisión de delitos durante el período en que el actual alcalde se desempeñó como Gobernador de Bolívar, sin que exista soportes o pruebas, ni decisiones judiciales ni sentencias condenatorias que  respalden tales afirmaciones de la excongresista.

De tal manera que, en aras de la defensa de sus derechos fundamentales al buen nombre y a la honra, el alcalde de Cartagena solicitó al Juzgado 4 Penal Municipal que le ordene a la diputada Cure que exprese disculpas a los señalamientos proferidos en los mismos canales y amplitud de difusión, en donde se evidencie la corrección de las afirmaciones realizadas el día durante la sesión de la Asamblea Departamental de Bolívar, mediante la cual se disponga a:

1. Aclarar públicamente que no existe sentencia condenatoria ni prueba alguna que respalde sus imputaciones.

2. Realizar la rectificación con el mismo ímpetu, despliegue, énfasis, alcance y difusión con que fueron emitidas las manifestaciones lesivas, esto es, en sesión pública y por los mismos medios de transmisión.

3. Abstenerse de persistir en conductas de desinformación, animadversión personal y mala fe, que continúan lesionando mis derechos fundamentales.

El juez José Luis Robles falló a favor del alcalde Dumek Turbay, el pasado 9 de febrero, por las razones constitucionales expuestas en su tutela, y le ordenó a Karen Cure, que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la decisión, se retracte, rectifique y aclare públicamente que no existe sentencia condenatoria ni prueba alguna que respalde las imputaciones realizadas por ella contra el alcalde Dumek Turbay.

Además, que realice la rectificación de las declaraciones por los mismos medios de transmisión, con el mismo despliegue, énfasis, alcance y difusión con que fueron emitidas las manifestaciones lesivas, injuriosas y calumniosas.

Y, sumamente importante, realice también la rectificación en la próxima sesión pública de la Asamblea Departamental de Bolívar que sea transmitida por los canales institucionales o cualquier otro que cuente con un nivel igual o superior de difusión bajo la misma amplitud de la transmitida cuando profirió sus falsas acusaciones.

Por último, el Juzgado ordenó a Karen Cure que se abstenga de persistir en conductas de desinformación, animadversión personal y mala fe, que lesionen los derechos fundamentales del alcalde Dumek Turbay y de cualquier institución pública.

Detalles de la tutela de Dumek Turbay

El alcalde sostuvo en su acción de tutela que las aseveraciones de Cure no corresponden a opiniones o juicios de valor, sino a imputaciones concretas de hechos punibles, formuladas de manera consciente, reiterada y maliciosa, que lesionan gravemente sus derechos fundamentales a la honra y al buen nombre, así como su integridad personal y la tranquilidad de su núcleo familiar.

Afirmó Turbay que, incluso, en la misma sesión la accionada reconoció que no existe proceso penal vigente en su contra, al indicar que los asuntos a los que aludía se encontraban archivados, lo que, a su entender, “evidencia la temeridad y mala fe de los señalamientos”.

Turbay aseveró que la gravedad de la conducta de Cure se ve incrementada por la condición de la accionada como diputada en ejercicio y ex congresista, quien tiene un deber reforzado de respeto por la Constitución y los derechos fundamentales, y que habría instrumentalizado un escenario oficial para difamarlo, amplificando el impacto de las acusaciones falsas.

La tutela interpuesta por Turbay es el resultado de la negativa de Cure de retractarse ante la solicitud formal, por medio de correo electrónico enviado a ella y a la Asamblea Departamental de Bolívar, que realizara una rectificación en condiciones de equidad, consistente en reconocer expresamente la falsedad de las imputaciones, aclarar que no existe sentencia condenatoria ni prueba que las sustente, efectuar la rectificación con el mismo despliegue, alcance y difusión que tuvieron las afirmaciones originales, y abstenerse de reiterar conductas de desinformación y animadversión personal.

En la tutela del alcalde se reseña que la Secretaría General de la Asamblea acusó recibo de dicha solicitud y la remitió a la Diputada, sin que a la fecha se haya producido rectificación alguna.

El accionante enfatiza que la sesión fue transmitida en vivo con alcance local, nacional e internacional, lo que multiplicó el daño causado a su honra y buen nombre y expuso injustamente a su familia al escarnio público.

Sostiene que, conforme a la jurisprudencia constitucional, la libertad de expresión no ampara la atribución de delitos sin respaldo judicial, aun tratándose de figuras públicas, y que los señalamientos efectuados por la accionada exceden claramente sus límites constitucionales.

Por ello, el Juzgado falló a favor del mandatario de los cartageneros y ordenó la rectificación inmediata de todas las falsedades y acusaciones proferidas por la diputada Karen Cure; y abstenerse a seguir en esta tónica.


*Fin del comunicado No. 232*

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