Así regirá el nuevo Decreto de pico y placa para taxis en Cartagena
A través del Decreto 1637, la Alcaldía de Cartagena adopta las nuevas medidas de pico y placa para vehículos de transporte público individual tipo taxi.
La medida regirá desde el 30 de junio y hasta el próximo 2 de enero de 2026, de lunes a viernes, con excepción de los días festivos en el horario comprendido entre las 6:00 a.m. y las 6:00 a.m. del día siguiente, en todas las vías del Distrito de Cartagena de Indias, de acuerdo con el último dígito de placa según la rotación.
Cartagena de Indias, D. T. y C., 29 de junio de 2025. La Alcaldía Mayor de Cartagena, a través del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte - DATT, expidió el Decreto 1637, a través del cual se anuncia la nueva rotación de pico y placa para vehículos de transporte público individual tipo taxi.
La nueva medida, que entra en vigencia este 30 de junio, se extenderá hasta el próximo 2 de enero de 2026 y regirá de lunes a viernes, con excepción de los días festivos, en el horario comprendido entre las 6:00 a.m. y las 6:00 a.m. del día siguiente, en todas las vías del Distrito de Cartagena de Indias, de acuerdo con el último dígito de placa según la rotación así:
Del 30 de junio al 1 de agosto de 2025
Lunes 3 -4
Martes 5-6
Miércoles 7-8
Jueves 9-0
Viernes 1-2
Del 4 de agosto al 5 de septiembre de 2025
Lunes 5-6
Martes 7-8
Miércoles 9-0
Jueves 1-2
Viernes 3-4
Del 8 de septiembre al 3 de octubre de 2025
Lunes 7-8
Martes 9-0
Miércoles 1-2
Jueves 3-4
Vienes 5-6
Del 6 de octubre al 31 de octubre de 2025
Lunes 9-0
Martes 1-2
Miércoles 3-4
Jueves 5-6
Viernes 7-8
Del 3 de noviembre al 5 de diciembre de 2025
Lunes 1-2
Martes 3-4
Miércoles 5-6
Jueves 7-8
Viernes 9-0
Del 8 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026
Lunes 3-4
Martes 5-6
Miércoles 7-8
Jueves 9-0
Viernes 1-2
Durante los seis meses de aplicación de esta medida, se exceptúan los días 24,25 y 31 de diciembre de 2025 y el 1 de enero de 2026.
El Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte - DATT recuerda que,el incumplimiento acarrear una sanción equivalente a 15 salarios mínimos y la inmovilización del vehículo.
Fin del comunicado No. 1.062
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