Alcaldía de Cartagena realizó recorridos para verificar cumplimiento de normas de propaganda electoral
- La Secretaría de Planeación Distrital, junto con la Dirección de Control Urbano, adscrita a esta dependencia, realizó recorridos de inspección, vigilancia y control.
Cartagena de Indias D. T. y C., 8 de marzo de 2026. Con el propósito de garantizar el ejercicio libre y transparente del derecho al voto, la Alcaldía Mayor de Cartagena, a través de la Secretaría de Planeación Distrital desde su Dirección de Control Urbano, realizó recorridos de inspección en distintos puntos de votación de la ciudad para verificar el cumplimiento de las normas relacionadas con propaganda y publicidad política en el espacio público.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del decreto distrital 012 de 2026, sobre propaganda electoral, se prohíbe la instalación de propaganda política en diversos espacios, entre ellos templos religiosos, centros educativos, hospitales, bienes de valor cultural, parques, plazas y plazoletas, así como en postes de energía o telecomunicaciones y en el pavimento de las vías de la ciudad.
La normativa también establece que no se permite la instalación de propaganda dentro de un radio de 50 metros de los puestos de votación, ni en lugares que interfieran con la señalización vial, semaforización o alumbrado público.
Asimismo, el decreto señala que el día de las elecciones está prohibida la realización de actos de propaganda política o proselitismo en el espacio público, incluyendo la distribución o exhibición activa de afiches, volantes, gacetas u otros documentos que promuevan candidaturas, partidos o movimientos políticos.
“Estamos retirando toda la publicidad política en el perímetro de los puestos de votación para garantizar el normal desarrollo de la jornada electoral en todo el distrito de Cartagena”, expresó Giovanni Battista Mainero, drector de Control Urbano.
La Secretaría de Planeación recordó que, según el artículo 11 del mismo decreto, las autoridades distritales ejercen funciones de inspección, vigilancia y control sobre el uso del espacio público y la publicidad exterior visual, sin perjuicio de las competencias sancionatorias del Consejo Nacional Electoral en materia electoral.
*Fin del comunicado No. 365*
Lunes, Marzo 9, 2026 - 11:00
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