Alcaldía de Cartagena adelanta controles a la renta corta no autorizada en el Centro Histórico de Cartagena
La Dirección de Control Urbano atendió quejas vecinales sobre consumo de drogas, fiestas y polémicas, para así ordenar la suspensión del uso turístico de un inmueble en el edificio Santo Domingo II.
Cartagena de Indias D. T. y C., 13 de octubre de 2025. La Alcaldía Mayor de Cartagena, a través de la Dirección de Control Urbano, resolvió un recurso de apelación dentro de un proceso por presuntas infracciones a las normas urbanísticas en un inmueble ubicado en el Centro Histórico de la ciudad.
La acción se realizó contra la renta corta no autorizada en el edificio Santo Domingo II, ubicado en el Centro Histórico, tras confirmar que varios apartamentos eran ofrecidos para alojamiento turístico, pese a tener uso residencial. El Distrito emitió un fallo de segunda instancia que exige restablecer la destinación original de los inmuebles.
Según los copropietarios, su calidad de vida se afectó porque algunos apartamentos eran alquilados para rumbas. “ Somos varias personas de la tercera edad que aún vivimos en el conjunto y no podemos dormir por el ruido que hacen en las fiestas. En ocasiones llegan a los apartamentos cinco muchachos con una mujer medio desnuda a hacer sus cosas. Llegan en grupos y no decimos nada para evitarnos un problema”, denunciaron residentes.
“Apenas nos enteramos de este proceso y los problemas que se estaban generando, le solicité al director Emilio Molina que priorizara la atención de este caso, pues llegó a tal punto que residentes no dejaban bajar a sus niño a jugar a zonas de esparcimiento ante el temor de algún posible depravado o que presencien el consumo de drogas”, expuso el alcalde Dumek Turbay.
Esta decisión marca un precedente importante frente al uso del suelo para actividades de renta corta o alojamiento temporal, una práctica que ha generado controversias en Cartagena al enfrentar intereses de residentes, administradores y propietarios.
En el edificio Santo Domingo II se evidenció que varios apartamentos estaban siendo ofrecidos para renta por días con fines turísticos, contraviniendo la normatividad urbanística vigente en el inmueble. Lo que derivó en múltiples quejas vecinales por ciertos comportamientos contra la convivencia general de algunos turistas alojados.
Tras un análisis técnico, jurídico y probatorio, la entidad comprobó que algunos propietarios habían destinado sus apartamentos a la renta corta (alquiler por tiempo inferior a 30 días), pese a que las licencias y los reglamentos de propiedad horizontal (RPH) establecían un uso exclusivamente residencial.
En consecuencia, mediante acto administrativo de segunda instancia, la Dirección de Control Urbano ordenó suspender de inmediato el uso no autorizado y restablecer la destinación original del inmueble conforme a la licencia y al reglamento interno.
“Este fallo refuerza el compromiso de la Alcaldía con el ordenamiento urbano y la convivencia en el Centro Histórico. Buscamos que las actividades turísticas y residenciales coexistan en armonía, siempre dentro del marco legal y con respeto por el patrimonio de la ciudad”, expresó Emilio Molina, director de Control Urbano.
Con esta actuación, la Administración Distrital reitera que la renta corta solo puede desarrollarse en inmuebles y sectores que cuenten con la licencia que habilite dicha actividad, garantizando así un desarrollo urbano ordenado y sostenible.
Fin del comunicado No. 1.711
Lunes, Septiembre 29, 2025 - 14:27
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