Alcalde Dumek Turbay anuncia una recompensa de $30 millones para establecer el paradero de los promotores de caravana de motos en Halloween y cierre de talleres donde se modifican vehículos

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Línea 123, desde ya habilitada para recibir todas las denuncias.

A través del Decreto 2119, el alcalde le pone un ‘tatequieto’ a la “Rodada del Terror”, con denuncias por delitos de concierto para delinquir, vandalismo y obstrucción de vía pública.

Desde hoy, por violación del uso del suelo para lo cual fueron originalmente autorizados, podrán ser cerrados talleres que efectúen alteraciones o ‘enchuladas’ de motocicletas que son usadas para ‘piques’ ilegales y actividades afines. Los operativos se realizarán tras la previa inspección de la Secretaría del Interior y la Oficina de Control Urbano, por orden del alcalde Dumek Turbay.

Cartagena de Indias D. T. y C., 8 de octubre de 2025. En medio de rueda de prensa convocada este miércoles en el Palacio de la Aduana, en la que estuvo acompañado por el comandante de la Policía Metropolitana de Cartagena, general Gelver Yecid Peña; el alcalde Mayor de Cartagena, Dumek Turbay Paz, ratificó con medidas legales la absoluta prohibición de la llamada ‘rodada del terror’, o caravana de motos en Halloween, promovida de manera desafiante en contra de las autoridades para el próximo 31 de octubre.

Por medio del Decreto 2119 de 2025, se busca neutralizar este evento ilegal que posiblemente configure delitos como obstrucción a la vía pública, vandalismo y concierto para delinquir.

De tal manera, el alcalde Dumek Turbay anunció una recompensa de hasta $30 millones para dar con el paradero de los organizadores, entre otras disposiciones.

El mandatario de los cartageneros expresó que también la Oficina Asesora Jurídica del Distrito liderará una denuncia penal por los delitos de concierto para delinquir, obstrucción en vía pública y vandalismo, para lo cual ya existe un proceso de investigación riguroso contra quienes han venido convocando esa actividad. Cabe resaltar que todas las denuncias serán recibidas a través de una línea única, la 123, de la Policía Nacional.

De acuerdo con Turbay Paz, además de las determinaciones tomadas contra los organizadores, las medias también incluyen visitas a los talleres de motos que realicen modificaciones para que motociclistas participen en los llamados ‘piques’ ilegales y caravanas, como la promovida para el próximo 31 de octubre.

Esto, con el fin de que, de manera articulada entre la Secretaría del Interior y la Dirección de Control Urbano, se proceda a los procesos administrativos de cierre de dichos negocios, teniendo en cuenta el incumplimiento del uso del suelo para el cual fueron autorizados originalmente.

Además, en comunicación con la Alcaldía de Turbaco, también se adelantarán diligencias conjuntas entre ambas administraciones (Distrital y Municipal), debido a que se tienen identificados talleres que funcionan en el vecino municipio, en zonas de conurbación, en los cuales son alteradas las  motocicletas que luego son usadas en Cartagena para actividades ilegales, como caravanas y ‘piques’ como el que, recientemente, cobró la vida de tres personas en Zona Norte.

“Este decreto le da herramientas claras a las autoridades. No vamos a permitir el desorden, ni el ruido, ni la zozobra que cada año genera la actividad de los moteros el 31 de octubre. Cartagena merece un día de los niños tranquilo, sin caos ni riesgos en las vías”, afirmó el alcalde Dumek Turbay.

El mandatario fue enfático en que la prohibición es general y aplica para cualquier tipo de encuentro o actividad de moteros, incluyendo ‘piques’ ilegales, caravanas y concentraciones que afecten la movilidad y la seguridad ciudadana.

“Tenemos identificadas personas y grupos que promueven estas actividades bajo seudónimos como ‘Santiago’, ‘Peluca’ y ‘Loren’. Más de 15 personas están siendo investigadas. No nos arrugamos ni nos escondemos. Vamos a proteger a Cartagena de estos temerarios que desprecian el orden y la convivencia de todos”, aseguró el alcalde.

El Distrito reitera su invitación al gremio de motociclistas a mantener el diálogo institucional y a respetar las normas que garantizan la seguridad y los derechos de todos los ciudadanos.

“Los derechos no le pertenecen a un grupo, le pertenecen a toda la ciudad. Queremos escucharlos, pero también exigimos respeto por la tranquilidad de Cartagena”, puntualizó el alcalde Turbay.

“Estamos protegiendo el derecho de toda una ciudad a estar tranquila, a disfrutar en familia del día de los niños. Cartagena vivirá un 31 de octubre en paz, sin miedo y con autoridad”, concluyó el mandatario distrital.


¿Qué establece el Decreto 2119 de 2025?

El documento, en su artículo 3, ordena que se adopten las siguientes medidas para garantizar el orden público y la movilidad en el Distrito de Cartagena de Indias:

1. Prohibir las caravanas de vehículos automotores, carros y motocicletas de cualquier modalidad y cilindraje, motocarros, cuatrimotos y mototriciclos y/o cualquier otra actividad que derive en aglomeraciones de estos vehículos en todo el perímetro urbano y rural del Distrito de Cartagena de Indias.

2. Prohibir la utilización de máscaras, antifaces o cualquier elemento diferente a los de protección para la cara y la cabeza, regulados por el Código Nacional de Transito para quienes conduzcan cualquier tipo de vehículo automotor dentro del perímetro urbano u rural del Distrito de Cartagena de Indias.

Sobre concierto para delinquir, obstrucción de vías públicas y vandalismo.

De acuerdo con el Código Penal, se catalogan como elementos de concierto para delinquir “la existencia de una organización que, con carácter permanente, tenga como finalidad lesionar intereses o bienes jurídicos indeterminados”.

Otro de los elementos guarda relación con que “los miembros de dicha organización se hayan asociado en/virtud de un acuerdo de voluntades y convicción que los une para alcanzar dicho objetivo”

Concluye que también se cataloga un elemento de concierto para delinquir cuando “la expectativa de la realización de las actividades que se proponen sus miembros ponga en peligro o alteren la seguridad pública”.

Sobre el vandalismo, de acuerdo con el Código Penal, en su artículo  367 se considera responsable de vandalismo  “el que, valiéndose de una protesta, manifestación o movilización pública, dañe, atente o destruya los bienes públicos o privados; atente contra la integridad física de los miembros de la fuerza pública, incurrirá en prisión de 6 a 8 años y multa de 100 a 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Agrega que “pena señalada en el artículo anterior, será de 8 a 10 años de prisión y multa de 501 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, en los siguientes casos:

1.    Obrar en coparticipación criminal.
2.    Ocultando su rostro total o parcialmente, de tal manera que no permitan su identificación o la dificulte.
3.    Fabrique, transporte, almacene, distribuya, ofrezca, venda, suministre, adquiera, tenga en su poder, lleve consigo, porte armas o explosivos de fabricación casera o artesanal, o sustancias corrosivas o similares.
4.    Si la conducta de los daños causados sobre los bienes públicos o privados, cuyo valor superen los 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes, la pena se aumentará de una tercera parte a la mitad. Lo anterior, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor y del concurso con el delito de asonada contemplado en el artículo 469 del C.P.”

Y, con relación a la obstrucción de vía pública, en el artículo 353A del Código Penal se considera “obstrucción a vías públicas que afecten el orden público. El que por medios ilícitos incite, dirija, constriña o proporcione los medios para obstaculizar de manera temporal o permanente, selectiva o general, las vías o la infraestructura de transporte de tal manera que atente contra la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo, incurrirá en prisión de veinticuatro (24) a cuarenta y ocho meses (48) y multa de trece (13) a setenta y cinco (75) salarios mínimos legales mensuales vigentes y pérdida de inhabilidad de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena de prisión”.

Fin del comunicado No. 1.677

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