Ni una gota antes de manejar. Así funcionan los alcohosensor en los operativos de tránsito

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Celebra con responsabilidad

 

El alcohosensor, también conocido como alcoholímetro, mide la concentración de alcohol en el aire espirado, lo que permite estimar la alcoholemia o concentración de alcohol en sangre.

Ni la leche, ni el enjuague bucal pueden afectar significativamente el resultado de un alcoholímetro. Es por esto, que la mejor opción para garantizar la vida y la seguridad de todos los actores viales es entregar las llaves antes de ingerir licor.

Cartagena de Indias, D. T. y C; 06 de junio de 2025 – Muchos mitos se tejen sobre lo que verdaderamente marca el alcohosensor en los operativos de tránsito. Incluso, hay quienes indican que, si consumen bajas cantidades de licor o solo “una cervecita” no afectará de manera significativa la conducción. Pero lo cierto es que pequeñas cantidades de alcohol pueden disminuir la coordinación, la atención y el tiempo de reacción al volante.

En Colombia, la alcoholemia se mide en miligramos de etanol por cada 100 mililitros de sangre (mg/100 ml) y se aplican multas y sanciones según el nivel de alcoholemia detectado.

La medición se realiza mediante un sensor, que mide la concentración de alcohol en el aire expirado, que luego se convierte a una equivalencia en mg/100 ml de sangre y que muestra los resultados en mg/100 ml así:  

-    Grado cero (embriaguez negativa): Menos de 40 mg/100 ml. 
-    Grado uno (embriaguez leve): Entre 40 y 99 mg/100 ml. 
-    Grado dos (embriaguez moderada): Entre 100 y 149 mg/100 ml. 
-    Grado tres (embriaguez severa): 150 mg/100 ml o más.

El Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte – DATT viene intensificando los operativos de control y haciendo un llamado a los ciudadanos a no conducir bajo los efectos del alcohol y a tomar decisiones responsables que protejan la vida y la seguridad de todos los actores viales.

Así son las sanciones:

Si un conductor es sorprendido con algún grado de embriaguez  se enfrenta a:

-    Multas que superan los $39 millones de pesos en casos graves.
-    Suspensión o cancelación de la licencia de conducción.
-    Inmovilización del vehículo.
-    En casos de reincidencia o siniestros viales, cargos penales.

Fin del comunicado No 922

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