Así es la nueva reglamentación de publicidad exterior de Cartagena de Indias
El Concejo de Cartagena aprobó este miércoles la reglamentación de Publicidad Exterior en Cartagena. El proyecto deja las reglas claras para publicidad en la ciudad.
Cartagena de Indias D. T. y C., 30 de abril de 2025. Tras meses de estudio en el Concejo Distrital, el proyecto de acuerdo “(…) por medio del cual se reglamenta la publicidad exterior visual en el Distrito de Cartagena”, “y se dictan otras disposiciones”, presentado por la administración, en cabeza del alcalde Mayor, Dumek Turbay Paz, fue aprobado en unanimidad.
La nueva normativa busca poner freno a la proliferación descontrolada de vallas, avisos, pendones y otros elementos publicitarios en el espacio público, así como establecer normas claras para su instalación, mantenimiento y control; y representa un avance histórico hacia el ordenamiento urbano y la protección visual de la ciudad.
Milton Pereira, jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Distrito, señaló sobre la nueva norma que es una actualización del Acuerdo 041 de 2007 y da herramientas para ejercer el control de la publicidad exterior. “Con esta actualización se establecen unas medidas para que la administración distrital pueda ejercer mejor y de forma más eficiente el control en materia de publicidad en el Distrito”, señaló el jefe Jurídico.
*¿Qué regula el proyecto 061 sobre publicidad exterior visual?
El Acuerdo aprobado por el Concejo Distrital establece un marco legal y técnico para la ubicación, tipo, tamaño y características de todos los elementos de publicidad exterior visual en Cartagena. Se entiende por esta toda forma de comunicación visual —permanente o temporal, fija o móvil— que pueda observarse desde las vías públicas, con fines comerciales, cívicos, culturales, políticos, institucionales o informativos.
El Acuerdo se aplicará en todo el territorio del Distrito de Cartagena y establece prohibiciones puntuales para garantizar la seguridad vial, la movilidad peatonal y la preservación del paisaje urbano y ambiental.
Entre los medios que entran en esta categoría se incluyen vallas, avisos, pantallas digitales, publicidad en cerramientos de obras y en embarcaciones, pendones, murales comerciales, y similares. La norma excluye expresamente señales viales, nomenclaturas y elementos informativos turísticos o institucionales previamente autorizados por la administración distrital.
Además, con la nueva aprobación estaría prohibido instalar publicidad exterior visual en: áreas de espacio público, reservas naturales y zonas de preservación ambiental, sitios que obstaculicen el tránsito peatonal o afecten la visibilidad de la señalización, elementos del mobiliario urbano como luminarias, postes, puentes, árboles, rocas y zonas paisajísticas.
A su vez queda prohibida toda publicidad que promueva actividades ilegales o contravenga la legislación vigente.
El acuerdo organiza la publicidad en varias tipologías, entre ellas: avisos y pendones comerciales, vallas publicitarias, publicidad móvil, publicidad marítima y fluvial, pantallas electrónicas o digitales, pasacalles, publicidad en cerramiento de obras y murales comerciales. Cada categoría cuenta con condiciones particulares de instalación, como áreas permitidas, dimensiones máximas, ubicación específica y límites de visibilidad.*
*Georreferenciación, registro y control
Uno de los aspectos innovadores del Acuerdo es la implementación de un sistema de georreferenciación de todas las vallas y elementos de publicidad exterior autorizados. La Alcaldía de Cartagena deberá mantener un plano digital actualizado que permita consultar la ubicación de estos elementos, con el fin de facilitar su seguimiento y control.
Además, las solicitudes de registro de vallas y demás piezas publicitarias se tramitarán en orden de presentación a través de la ventanilla única de atención al ciudadano, promoviendo la equidad y la transparencia.
Emilio Molina, jefe de la Dirección de Control Urbano del Distrito, explica que, además de la georreferenciación de las vallas, con la aprobación del proyecto, se permite extender la vigencia del registro por un periodo de 12 meses de la publicidad exterior. “Actualmente la vigencia del registro de la publicidad es
de 3 meses (prorrogables), siendo un término muy corto que suele generar cierto inconformismo por parte del usuario. La extensión ayudará a incentivar el registro y con ello la legalidad”, dijo Molina.
*Publicidad Institucional
El Acuerdo también contempla la publicidad institucional, usada por entidades del Estado para informar sobre obras, servicios, campañas y prevención. Este tipo de vallas estarán exentas del impuesto de publicidad exterior visual, pero deberán registrarse ante la Alcaldía y cumplir con los criterios técnicos establecidos.
Todo elemento con iluminación artificial deberá cumplir normas ambientales. Con el proyecto aprobado se incluye también la generación de contaminación lumínica que afecte a los residentes. La autoridad ambiental será la encargada de determinar si una valla o pantalla genera impacto negativo, con posibilidad de imponer sanciones.
Luz Marina Paria, concejala coordinadora del proyecto, señaló que este acuerdo es la síntesis rigurosa de un proceso participativo, construido en un trabajo mancomunado entre el Distrito y el Concejo de Cartagena. “La reglamentación es un herramienta equilibrada, moderna y eficaz para reducir la contaminación visual, proteger el paisaje urbano y mejorar la eficiencia en el recuadro tributario del Distrito, construyendo un modelo de cuidad más respetuoso con su modelo turístico”, precisó Paria.
*Para conocer los detalles de la nueva reglamentación consulte el Proyecto de Acuerdo 061 de 2025.
Fin del comunicado No. 660
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