¿Con quién puedo denunciar o pedir ayuda? Estas son las rutas de atención para casos con habitantes de calle del Distrito

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La Alcaldía Mayor de Cartagena, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, le recuerda a la ciudadanía que no puede obligar a los habitantes de calle de la ciudad a ser trasladados a un hogar de paso o geriátrico. Esta acción debe ser voluntaria.


Cartagena de Indias D. T. y C., 30 de julio de 2025. Tras el más reciente incidente que se difundió a través de las redes sociales, que involucró como víctima a una habitante de calle que ya recibe atención integral por parte del Distrito; la Alcaldía Mayor de Cartagena, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, y en articulación con el Dadis, atendió de manera inmediata a Diana Pauline, que en estos momentos se encuentra bajo observación en el Hospital de El Pozón.

Sin embargo, tras la ola de comentarios e inquietudes de la ciudadanía, es importante enfatizar que la violencia no se responde con violencia y que, para las diferentes situaciones que involucran a habitantes de calle, existe una ruta de atención que se activa en diferentes canales. A continuación, desde la Alcaldía Mayor de Cartagena, las recordamos:

- Para casos donde el habitante de calle presenta problemas de salud físicos y requiriendo atención de urgencia, puedes comunicarte con el CRUED al 123.
- Para casos donde el habitante de calle tiene crisis mentales o en estado de alteración, comunícate con la Policía Nacional al 123
- Si descubres a un habitante de calle delinquiendo, llama de inmediato a la Policía Nacional, marcando 124.
- Si notas el caso de un habitante de calle con problemas psiquiátricos, la ruta se activa llamando a la Policía Nacional al 123.
- Para casos donde el habitante de calle es menor de edad, puedes contactarte con el ICBF a los números 31742518493012047801.
- Para casos donde el habitante de calle es adulto mayor, puedes comunicarte con la Unidad de adulto mayor de la Secretaría de Desarrollo Social, al número 3126916462.
- Para casos donde el habitante de calle presenta problemas de salud físicos, puedes comunicarte con el CRUED al 123.

La Secretaría de Desarrollo Social enfatiza que,  como entidad del Distrito, no puede obligar a los habitantes de calle a ser trasladados a un hogar de paso si no es por voluntad propia.
“La política pública nacional respaldada por la Corte Constitucional, que garantiza los derechos de los habitantes de calle, establece que no se les puede obligar a un traslado. Vivir en la calle es una opción que ellos eligen. Sin embargo, desde el Distrito recordamos que está a su entera disposición nuestro hogar de paso, al que deben acudir por voluntad propia”, asegura Ana Milena Jiménez, secretaria de Desarrollo Social.

Entre otras de las acciones que adelanta esta dependencia, se encuentran las jornadas de atención integral, que se realizan de manera constante y en diferentes sectores de la ciudad: en estos espacios no solamente se les socializa y participa de la oferta que tiene el Distrito para ellos, como servicios de salud, alimento, sino que se les convoca a acogerse al hogar de paso e incluso a dar un giro en sus vidas a través de procesos de desintoxicación y de deshabituación, este último actualmente tiene a 8 personas que voluntariamente decidieron abandonar las calles, tratar médicamente sus adicciones y darse una segunda oportunidad.

Fin del comunicado No. 1.278

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