Consulta Virtual

     

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Torre del Relog
Transparencia y Agilidad en el Proceso de Pagos
     

La Alcaldía de Cartagena, comprometida con la transparencia en la Administración Pública y el fortalecimiento de la comunicación entre comunidad y gobierno, pone a disposición de los contratistas una plataforma virtual para consultar y agilizar el proceso de pagos.

La Tesorería Distrital recibirá cuentas únicamente de 8:00 am a 12:00 pm Además, la radicación, corrección de cuentas y creación de terceros deberá ser gestionada exclusivamente por correo electrónico, bajo la dirección del Supervisor o Interventor del contrato.

Esta normativa tiene como fin acelerar los procesos de pago y reducir los tiempos de espera, evitando la intermediación innecesaria.

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Consulta Virtual de Pagos - Tesorería Distrital
     

La Tesorería Distrital ofrece un módulo de consulta virtual a través de la página web de la Alcaldía de Cartagena. Este servicio permite a personas naturales o jurídicas que han contratado con entidades de la Administración Central del Distrito consultar el estado de sus pagos de forma rápida y sencilla. 

El proceso de autorización de pagos es responsabilidad de la dependencia contratante, que, al cumplir con todos los requisitos, radica la solicitud en la Tesorería Distrital. Una vez radicada, la Unidad de Pagaduría procederá con el pago correspondiente. 

Si su pago no aparece radicado, le recomendamos comunicarse con el interventor de su contrato. Este sistema de consulta tiene como objetivo brindar información oportuna sobre las obligaciones pendientes con las entidades distritales. 

Puede consultar los pagos de los últimos seis meses ingresando su tipo y número de documento. Para información de periodos anteriores o si tiene dudas o inconsistencias, por favor contacte a la Unidad de Pagaduría de la Tesorería Distrital en el CAD (Centro Administrativo Distrital), Plaza del Joe, segundo piso, Secretaría de Hacienda.

Circulares, Memorandos y Formatos

     

Información a consultar

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Preguntas Frecuentes

     

Nuestras oficinas se encuentran ubicadas en el Centro Cra. 10 No. 32-54, Plaza del Joe. Edificio CAD la Matuna (Antiguas Empresas Públicas) Secretaría de Hacienda Distrital – Piso 2.

Cada supervisor es autónomo de determinar los controles para revisar las cuentas que autoriza para pago, incluyendo impresión de documentos y el tiempo de revisión por su parte.

La única persona autorizada para realizar los pagos es el Tesorero(a) Distrital, esto de acuerdo con el Manual de Funciones de la Alcaldía Mayor de Cartagena de Indias, por tal motivo esto no se puede delegar en los supervisores e interventores de los contratos.

Esto se debe a que se hace necesario la inscripción de los datos y huella del Tesorero(a) entrante en los portales bancarios, Sistemas de Información de la Tesorería y autorización por parte de las entidades bancarias y Fiducias para generar dichos pagos.

PRIMERA CUOTA: 

 

  • Certificación de Supervisión en el formato vigente.  

  • Contrato electrónico, adicionales, modificatorios, aclaratorios y oficios que hagan parte del contrato. (Un archivo PDF completo donde se visualice toda la información del contrato y demás documentos). 

  • Certificado de Registro Presupuestal - CRP 

  • RUT. 

  • Seguridad Social 

  • Factura (en los casos que aplique). 

     

NOTA 1: Es importante precisar que cuando nos referimos al documento “contrato electrónico” nos referimos a dos partes que lo conforman como son: 

  • PDF completo donde se visualice la información del contrato. (Mis procesos – Mis contratos – Detalle – Información general (ítem 1) – Guardar como PDF el pantallazo de la información generada por la plataforma SECOP II. 

  • Minuta de COPSIS. (Mis procesos – Mis contratos – Detalle – Documentos del contrato (ítem 5) – Dar click en ítem que relaciona “nombre del documento” – Descargar PDF 

 

NOTA 2: Cuando exista un documento que corrija el contrato dentro del cobro ya sea adicional, modificatorio y/o aclaratorio, también nos referimos a dos partes que lo conforman como son: 

  • PDF completo donde se visualice la información del adicional, modificatorio y/o aclaratorio. (Mis procesos – Mis contratos – Detalle – Modificaciones del Contrato (ítem 8) – Guardar como PDF el pantallazo de la información generada por la plataforma SECOP II. 

  • Minuta del adicional, modificatorio y/o aclaratorio. (Mis procesos – Mis contratos – Detalle – Modificaciones del Contrato (ítem 8) – Dar click en Detalle – Descargar PDF. 

 

 

SEGUNDA CUOTA: 

 

  • Certificación de Supervisión en el formato vigente 

  • Seguridad Social. 

  • Factura (en los casos que aplique). 

  • Si después de haberse presentado la primera cuota se suscribe un adicional, modificatorio, aclaratorio u oficio, estos se deben anexar. (Un archivo PDF completo donde se visualice toda la información de estos documentos). 

     

     

 

CONTRATOS DISTINTOS A PRESTACIÓN DE SERVICIOS 

 

  • Oficio en SIGOB donde el ordenador del gasto autoriza y ordena el pago. 

  • Certificado de Interventoría. 

  • Contrato, adicionales, modificatorios, aclaratorios y oficios que hagan parte del contrato (Un archivo PDF completo donde se visualice toda la información del contrato). 

  • RUT (Si es un Consorcio o Unión Temporal se deben adjuntar los RUT que las integran y el documento con el cual se conformó). 

  • Factura (si está obligado a facturar). 

  • Soporte de pago de Seguridad Social (Si es persona jurídica adjuntar copia de la cédula y tarjeta profesional si es el Revisor Fiscal quien firma el certificado de seguridad social, o cédula de ciudadanía si es el Representante Legal). 

  • Certificado Registro Presupuestal - CRP 

  • Certificado de Disponibilidad Presupuestal - CDP 

  • Acta de inicio, actas parciales, acta final y acta de liquidación si aplicase. 

  • Ingreso a almacén, si es suministro. 

 

En la oficina de Pagaduría de la Tesorería Distrital se atiende de manera presencial de lunes a viernes de 8am a 12m.

Toda esta información se publica en la página de la Tesorería Distrital: https://micuenta.cartagena.gov.co/, en el ítem Circulares, memorandos y formatos. Además al presentarse algún cambio este se informa por medio de un memorando que se remite vía Sigob a cada Dependencia.

Porque la fecha de radicación de una cuenta está determinada por la fecha del registro presupuestal. Por lo tanto, la cuenta puede ser radicada en la misma fecha o en una fecha posterior a la del registro presupuestal, pero no antes.

DECRETO 1670 DEL 14 DE MAYO DE 2007 DEROGADO POR EL DECRETO 728 DEL 01 DE MARZO DE 2008 MODIFICADO CON EL DECRETO 1990 DE 06 DE DICIEMBRE DE 2016

Día hábil

Dos últimos dígitos de la identificación

2

00-07

3

08-14

4

15-21

5

22-28

6

29-35

7

36-42

8

43-49

9

50-56

10

57-63

11

64-69

12

70-75

13

76-81

14

82-87

15

88-93

16

94-99

La Unidad de Pagaduría como dependencia de la Tesorería Distrital, cumple con la función de pagar las obligaciones del Distrito. Para ello se tiene una forma de pago: por abono en cuenta bancaria mediante transferencia electrónica.
  • Abono en cuenta mediante transferencia electrónica.

    Este sistema permite ordenar los pagos mediante abono en cuenta por transferencia electrónica de fondos, sistema que permite disponer de los recursos oportunamente, minimizando el riesgo y optimizando procesos en provecho de los beneficiarios de los pagos.

    Esta herramienta ha permitido agilizar los pagos de tal forma que los giros se están realizando a los dos días hábiles siguientes a la radicación de las Órdenes de Pago en el Encargo Fiduciario, de acuerdo con la disponibilidad de recursos y la correcta presentación de la cuenta, prestando un mejor servicio y dando transparencia al manejo de los recursos.

  • Información

    Para solicitar información a la Fiduciaria FIDUPREVISORA S.A. puede hacerlo en la siguiente dirección: Barrio Manga Carrera 26 No. 28 – 45 Edificio Torres del Puerto Oficinas 1009 y 1010, teléfono (605) 693 1611.

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