LOS HECHOS JURÍDICAMENTE RELEVANTES


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En el derecho penal colombiano, los hechos jurídicamente relevantes, consagrados en la Ley 906 de 2004, constituyen un pilar esencial para estructurar la imputación y la acusación en el sistema penal acusatorio. No obstante, tras más de dos décadas desde la entrada en vigor de esta norma, este concepto se ha convertido en un talón de Aquiles en las audiencias, generando dificultades tanto para la Fiscalía como para los jueces. La obligación de presentar una relación clara, precisa y sucinta de estos hechos, conforme a los artículos 288 y 337 del Código de Procedimiento Penal, parece sencilla en teoría, pero en la práctica revela falencias que comprometen la eficacia del sistema. Este artículo analiza las implicaciones de estas deficiencias, respaldándose en la jurisprudencia de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Los hechos jurídicamente relevantes son aquellos derivados de una conducta humana, ya sea activa u omisiva, que pueden subsumirse inequívocamente en una norma penal, como lo ha definido la Sala Penal. En la Sentencia SP1736-2025 (radicado 60926, 16 de julio de 2025), la Corte precisó que estos hechos constituyen el presupuesto fáctico de los tipos penales, requiriendo un análisis basado en el modelo de conducta descrito en la norma, sin perjuicio de la antijuridicidad o la culpabilidad. Esta claridad es crucial para garantizar que el procesado pueda ejercer su derecho de defensa de manera efectiva.
La Fiscalía, como titular de la acción penal, tiene la responsabilidad primordial de estructurar estos hechos en la imputación y la acusación. Según el artículo 287 de la Ley 906 de 2004, la imputación debe sustentarse en una inferencia razonable de autoría o participación, apoyada en elementos materiales probatorios. Sin embargo, los fiscales frecuentemente incurren en errores al presentar descripciones genéricas o ambiguas, omitiendo detalles esenciales que permitan una correcta subsunción normativa. Este problema se agrava cuando se confunden hechos jurídicamente relevantes con hechos indicadores o medios de prueba.
La jurisprudencia ha señalado reiteradamente esta confusión como una fuente de irregularidades. En la Sentencia SP3168-2017 (radicado 44599, 8 de marzo de 2017), la Sala Penal advirtió que incluir transcripciones de denuncias o informes policiales en lugar de una hipótesis fáctica clara en la imputación o acusación vulnera el principio de congruencia. Esta práctica no solo alarga innecesariamente las audiencias, sino que también afecta el derecho de defensa, ya que el imputado no puede controvertir adecuadamente cargos imprecisos, comprometiendo la igualdad de armas en el proceso.
Los jueces, por su parte, enfrentan el desafío de actuar con firmeza ante estas falencias. El temor a declarar nulidades o a ser percibidos como usurpadores de las funciones de la Fiscalía lleva a algunos a omitir intervenciones necesarias, perpetuando irregularidades que escalan hasta la casación.
A diario, los fiscales enfrentan las consecuencias de no estructurar adecuadamente los hechos jurídicamente relevantes, lo que resulta en rechazos en audiencias de control formal o nulidades en instancias superiores.
La jurisprudencia también impone a los jueces un control limitado en las audiencias de imputación o acusación. En SP2842-2024, la Sala Penal reiteró que los jueces deben verificar la claridad de la hipótesis fáctica y la corrección de la calificación jurídica sin reemplazar la labor investigativa de la Fiscalía. Este control busca evitar nulidades estructurales, pero muchos jueces dudan en aplicarlo, temiendo exceder sus competencias, lo que perpetúa el ciclo de errores.
La evolución jurisprudencial refleja un endurecimiento en los requisitos de precisión. En las Sentencias SP1271-2018 (radicado 51408) y SP072-2019 (radicado 50419), citadas en SP2842-2024, la Corte Suprema enfatizó que los hechos jurídicamente relevantes deben incluir circunstancias de tiempo, lugar y modo para garantizar la pertinencia de las pruebas y la congruencia en la sentencia. La falta de estos elementos puede derivar en decisiones incongruentes, comprometiendo la validez del fallo.
Un aspecto crítico es el impacto de estas falencias en la celeridad procesal. A más de 20 años de la Ley 906, persisten errores básicos que generan nulidades y violaciones al derecho de defensa del procesado, así como los derechos de las víctimas. Esta situación evidencia una brecha en la capacitación de los operadores judiciales, perpetuando ineficiencias que afectan la administración de justicia y la confianza ciudadana.
En el marco constitucional, el artículo 29 de la Constitución Política exige que el procesado conozca los cargos con precisión, un derecho menoscabado por la deficiente estructuración de los hechos. La Sentencia SP2042-2019 (radicado 51007) destaca que las omisiones en la hipótesis fáctica comprometen el derecho a la defensa y la igualdad de armas, urgiendo a una reforma en la práctica judicial para garantizar un proceso justo.
En conclusión, los hechos jurídicamente relevantes, a pesar de ser un concepto fundamental y básico, siguen siendo un obstáculo en las audiencias penales colombianas. La jurisprudencia de la Sala Penal, como en SP1736-2025, SP3168-2017 y SP2842-2024, condena estas deficiencias, pero su persistencia tras más de 20 años de la Ley 906 evidencia la necesidad de un cambio estructural. Un compromiso conjunto entre Fiscalía y jueces es esencial para garantizar procesos justos, eficientes y respetuosos de los derechos fundamentales.
Finalmente, en un país como Colombia, con desafíos históricos en la administración de justicia, superar las falencias en la estructuración de los hechos jurídicamente relevantes es crucial para fortalecer el sistema acusatorio. La evolución hacia una aplicación más rigurosa de estos requisitos no solo evitará nulidades innecesarias, sino que consolidará la confianza ciudadana en un sistema judicial equitativo, oportuno y respetuoso del debido proceso.
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